DISPOSITIVA
Es por estos razonamientos, que este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por GONZALEZ YUSTIZ SIRIO JOSE Y LUCENA GARCIA PAOLA MARIANNY, ya identificados y disuelto en consecuencia el matrimonio por ellos contraído el 27 de Diciembre de 2004, ante el Registro Civil del Municipio Ospino, Estado Portuguesa, según acta N°120.ASI SE DECIDE.-
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese a la oficina del Registro Civil Municipal, así como el Registrador Principal Civil del Edo. Portuguesa de la presente sentencia una vez que quede firme, anexándole copia certificadas de la misma, a los fines de que estampen la correspondiente nota marginal.
Para la obtención de los fotostatos se autoriza al Secretario de este Juzgado, quien la certificara con su firma, de conformida.....