DISPOSITIVA
Por los motives anteriormente expuestos, éste Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos: GREGORIO JOSÈ SILVA CASTELLANOS Y MARITZA JOSEFINA JIMENÈZ LEÒN, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 5.129.979 y 8.065.931, respectivamente con domiciliados diferentes en esta ciudad de Guanare Portuguesa.
SEGUNDO: En consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que se perfeccionó entre los solicitantes en fecha 25- 05-1983, por ante el Registro Civil Municipio Guanare del estado Portuguesa, la cual consta en Acta de Matrimonio inserta bajo el Nº 176, Conforme al artículo 8 numeral 8 la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Ju.....