...en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la ADOPCIÓN PLENA por parte del ciudadano IVÁN DARÍO PEREIRA ÁLVAREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 4.200.389, de la ciudadana NORKYS COROMOTO PICHARDO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 13.485.466, quién de ahora en adelante tomará y usará los apellidos de sus padres adoptantes, en el mismo orden fijado por la legislación venezolana y se llamará: NORKYS COROMOTO PEREIRA RODRÍGUEZ. Con el presente decreto se extinguen el parentesco de la adoptada con su padre biológico, ciudadano HENRY LEOPOLDO PICHARDO y la familia de éste, salvo en lo referente a los impedimentos matrimoniales.