DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones de hecho y de derecho que preceden, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: La Nulidad de la Actuaciones realizadas en el presente proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, a partir del auto de fecha 08/07/2022 riela al folio 37, y auto de fecha 29/07/2022 , que riela al folio 38 del presente expediente, con exclusión de la diligencia consignada por el alguacil de fecha 08/06/2022, que riela al folio 34 , y por siguiente se REPÓNE LA CAUSA al estado de librar Boleta de Notificación al Demandado ciudadano Ricardo Olivio Godoy de conformidad con el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil en el juicio de Reconocimiento de Documento Priv.....