DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 adscrito a este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Se establece mediante el cómputo de la pena ordenado en el último del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, que el penado BENITO ANTONIO GARCÍA VALERO ha cumplido de su pena principal de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, un tiempo de CINCO AÑOS, SIETE MESES Y VEINTISEIS DÍAS; así mismo, que le falta por cumplir de dicha pena un tiempo de CUATRO AÑOS, CUATRO MESES Y CUATRO DÍAS, tiempo que se ha de cumplir el día 14 de Enero de 2019. Finalmente, que a partir del día siguiente debe comenzar a cumplir la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad que es por un tiempo de DOS AÑOS, el cual finalizará definitivamente el.....