DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA CONFESION FICTA DE LA PARTE DEMANDADA Y CON LUGAR la demanda de Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana Wuilmary Carolina Gudiño Aguilar, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 15.941.583, en representación de su hija xx, contra el ciudadano Pedro José Valderrama Valderrama, venezolano, mayor edad, domiciliado en la recta de la UNELLEZ Barrio la Amistad, Guanare estado portuguesa, titular de la cédula de identidad Nº 13.605.020, y fija la cantidad de seis mil bolívares (Bs 6.000,00) mensuales, y el doble de los gastos en los meses de septiembre y diciembre para gastos de útiles escolares y estrenos de.....