DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, declara PROCEDENTE la revisión de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, decretada en contra de la procesado ROBERT JOSE ARANGUREN LEON por lo que deberá presentarse quedando obligado a presentarse cada (30) días por ante la taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal conforme a lo previsto en el ordinal 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrese boleta de notificación Regístrese. Cúmplase.
LA JUEZ SEGUNDA DE JUICIO,
ABG. ALICIA OLIVARES MELENDEZ
LA SECRETARIA