´Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO.- Se declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la apoderada judicial del codemandado GONZALO DE JESÚS TORO FERNÁNDEZ, contra la Sentencia Definitiva de fecha 21 de marzo de 2025, emanada del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa.
SEGUNDO.- Se REVOCA íntegramente el fallo recurrido, y se decreta la INADMISIBILIDAD de la demanda de Nulidad de Documento de Condominio y Contrato de Compra Venta, interpuesta por la ciudadana EVELYN LISSET DURÁN PEÑA, por la configuración de los vicios de falta de cualidad activa y falta de integración del litisconsorcio pasivo necesario.
TERCERO.- Se .....