Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 2 Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta el Sobreseimiento Definitivo de la prsente causa a favor del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Quedan notificadas las partes presentes en la audiencia de la decisión dictada, se acuerda notificar a las víctimas que no comparecieron aun estando debidamente citadas, y una vez que conste en autos su notificación se dejara transcurrir el lapso legal para la remisión al archivo judicial.
En la ciudad de Guanare, a los Diez (10) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Diez.
La Juez de Control N° 2,
Abg. Zoraida Graterol de Urbina
La Secretaria,
Abg. Ro.....