Finalmente, respecto al petitorio de sustitución de la medida privativa de libertad por la medida de detención domiciliaria se observa que al acusado de autos le fue decretada la medida privativa de libertad desde la fase de investigación y no han variado las circunstancias en las que cimentó la decisión el Juzgado de Control para decretar la medida privativa de libertad, ya que las circunstancias alegadas por el propio acusado en cuanto a que posee conducta intachable y trabaja en el sitio de reclusión no son suficientes para modificar su situación procesal ni el otorgamiento de medidas cautelares sustitutivas, máxime cuando sobre él pesa una sentencia condenatoria por un delito grave que vulneró el desarrollo socio emocional de una adolescente, que es hija del acusado; es por lo que este Tribunal considera conveniente mantener dicha medida que fuere impuesta al Jorge Luis Chinchilla, máxime cuando circunstancias de orden procesal obligaron su imposición, razón.....