Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, este Tribunal imparte su HOMOLOGACIÓN, y le confiere autoridad de Cosa Juzgada, a la Transacción presentada por la abogada VIKKY PEREZ, en su condición de Defensora Publica Agraria Nº 1, extensión Acarigua del estado Portuguesa, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 87.400, asistiendo a la parte actora ciudadano: EMILIANO RAFAEL PEÑA CALANCHE, por una parte, y por la otra por el Abogado en ejercicio JUAN CARLOS TORREALBA QUERALES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 112.746, asistiendo a la COOPERATIVA FLOR DEL LLANO PO2, representada por su Presidente Ciudadano: LUIS ENRIQUE PEREZ CATARI, parte demandada, en el juicio de ACCION POSESORIA POR DESPOJO A LA POSESION AGARRIA; Todo conforme lo establec.....