Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Antonio María González Fernández y Dilcia María Cordero, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros V-4.239.290 y V-4.244.031 respectivamente, domiciliados el primero en la Urbanización Guanaguanare, tercera transversal Guanare del estado Portuguesa y la segunda en el Barrio La Importancia Calle 04, diagonal a la Escuela Nicomedes Castillo, casa s/n, de esta ciudad de Guanare del estado Portuguesa, debidamente asistidos por los profesionales del derecho Miguel Arcángel Morillo Carabello y José Bernardo Hernández Medina, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-10.726.889, 10.724.355, e .....