Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, condena a la parte demandada, PROYECTOS OICA, a pagar a cada uno de los accionantes , los conceptos y montos señalados que suman CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOD (Bs.42.696,40) y da un total de ; CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 128.089,20).Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida, tal y como lo establece el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo.
A los 11 días del mes de Enero de dos mil once . Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
El Juez,
Abg. Rafael Gainze La Secretaria,
Abg. Cirley Viera