DISPOSITIVA
Por los motivos y razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia actuando en funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara con lugar la solicitud de la defensa, en consecuencia debe declararse con lugar el pedimento, por lo que el ciudadano WILLIANS ANTONIO MARTINEZ CORTEZ, venezolano, de 46 años de edad, nacido en Acarigua el 09-09-58, y titular de la cédula de identidad N° 9.562.743, domiciliado en Barrio 15 de Marzo, Calle 06 entre Av. 01 y 02, Casa No. 06, Acarigua Estado Portuguesa, hijo de Belén Cortez y Dionisio Martínez, a partir de esta fecha ha de presentarse ante la sede de este tribunal una vez cada treinta días.
Librese lo conducente.