IV
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR la demanda por Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, iniciada por la ciudadana MIRIAM DEL CARMEN OCHOA ESCALONA, contra el ciudadano DIEGO RAFAEL ARCAY MACIAS, ya identificados en la presente decisión. Igualmente SE ACUERDA dejar sin efecto la Medida de Secuestro decretada en fecha 15-01-2004, por el Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sobre el vehículo con las siguientes características: Marca: FORD; Modelo: F-150; Año: 2.000; Color: PLATA; Placa: 13UPAB; Serial de carrocería: 8YTEF1823Y8A23685; Serial del Motor: YA23685. Así mismo, SE ORDENA a la parte demandante ciudadana MIRIAM DEL.....