DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara el CESE de la medida de REGLAS DE CONDUCTA impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado. Se ordena notificar al Ministerio Publico y a la Victima para que una vez que transcurra el lapso legal correspondiente se remita la presente causa al archivo regional para su archivo definitivo, así mismo se acuerdan las copias solicitadas por la defensa. Notifíquese, publíquese, diarícese, líbrese lo conducente y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, a los 11 d.....