DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Revisión de Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana: Eva María Montilla Jiménez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.329.698, en representación de su hijo xx, contra el ciudadano: Alejandro José Aldana Aldana , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.510.470 y fija la cantidad de Un mil bolívares (Bs.1.000,00) y en y el doble de la cantidad en los meses de septiembre y diciembre para útiles escolares y estrenos decembrinos, mas el 50% de gastos médicos y medicina cuando lo amerite. Se ordena que dicha cantidad sea depositada por ante el Banco Bicentenario en la cuenta ahorro Nº 70106830010002992, a nombre de la ciudadana Eva María Montilla .....