En atención a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara DEFINITIVAMENTE FIRME la SENTENCIA ABSOLUTORIA, dictada en la presente causa seguida al ciudadano JOSE MANUEL DORANTE YEPEZ, venezolano, portador de la cédula de identidad N° V13.702.344, de 32 años de edad, Estado Civil soltero, nacido en fecha 04-04-1976, profesión u oficio Latonero, residenciado en el Barrio Ana Susana, Calle 42 Casa N° 17, Acarigua Estado Portuguesa,, por la comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre De Violencia, perpetrado en perjuicio de la ciudadana KATTY LEIDA BARRIOS BONILLA,vale decir se resolvió la situación jurídica en la causa N° PP11-P-2009-001343 debiéndose dejar sin efecto cualquier solicitud o regist.....