Por los fundamentos ya expresados, este Tribunal de Primera instancia en función de Control N° 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público contra los ciudadano VIZCAYA QUINTERO ELIECER ALBERTO, venezolano, mayor de edad, de 26 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 22.115.802, soltero, obrero, nacido el 30/05/81 y residenciado en el Barrio Libertador, calle 4 casa S/N de Guanare Estado Portuguesa y GONZALEZ JOSE GREGORIO, venezolano, mayor de edad, de 44 años de edad, soltero, obrero, titular de la cedula de identidad N° 7.072.682, nacido en fecha 26-06-73, residenciado en el barrio libertador, calle 4 casa S/N de Guanare estado Portuguesa; por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el articulo 4.....