Se ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, al ciudadano: WILLYS ALEXANDER RIVERO GARCIA, venezolano, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 1/10/1982, natural de Acarigua Estado Portuguesa, soltero, profesión u oficio obrero, titular de la cedula de identidad N° V-15.943.762, residenciado en la calle 01, vereda 06, casa N° 08, Urb. Durigua IV, Acarigua Estado Portuguesa, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO (por motivo fútiles), previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1°, del Código Penal, en perjuicio de JOSE MANUEL BRACAMONTE