En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al acusado Falcón Elio José, venezolano, titular de la cédula de identidad número 15.330.834, nacido en fecha 01-05-1974, residenciado en el Barrio San José Avenida Portugal, casa sin número de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, a quien se le sigue causa por la comisión del delito de robo leve en perjuicio de una adolescente, a los fines de asegurar las resultas del proceso y la comparecencia del referido imputado al Tribunal para la celebración del juicio oral y público, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251, ambos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Regístrese, diarícese, déjese copia certificada, la Defensa Pública quedó debidamente notificad.....