Este Juzgado para decidir observa que se considera improcedente la solicitud, por cuanto no se encuentra soporte alguno que fundamente su petición; ni mucho menos que la diligencia que va a realizar el patrono del penado ciudadano Juan Carlos Urdaneta requiera la presencia de este, es decir que la misma sea una gestión personal que aconseje la presencia del penado en dichas ciudades; aunado a la circunstancias que el penado en los últimos momentos no ha tenido buena conducta, previa revisión de la causa se observan diversas boletas de control disciplinarias remitidas a este Tribunal por el ciudadano Joel Enrique Azuaje Mendoza, en su carácter de Director del Instituto Penitenciario de Capacitación Agrícola y Artesanal (IPCAA), en las cuales se dejan constancias las reiteradas ausencias del penado en el mencionado Instituto, es decir, días en los cuales no ha pernotado el interno en el lugar que le fue asignado a los fines de cumplir con las condiciones impuestas para el momento del oto.....