DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana: María Elizabeth Sulbaran Milano, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 25.938.304, en representación de sus hijas: xx,xx,xx y xx contra el ciudadano: Freddy Ramón González Ángel, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.093.270, domiciliado en el Caserío El Zamuro, Parroquia La Concepción del Municipio Sucre del estado Portuguesa, y fija la cantidad de un mil quinientos bolívares (Bs.1500,oo), mensuales, y el doble de dicha cantidad en los meses de septiembre y diciembre de cada año para útiles escolares y estrenos decembrinos, más el 50% de los gastos de medicina cuando lo amerite. Se .....