DE LA HOMOLOGACION POR PARTE DE ESTE TRIBUNAL.
Visto el pedimento hecho por las partes en esta Audiencia Conciliatoria la juez actuante, deja constancia que en este acto se encontraban presente la parte actora ciudadano WILMER ESCALONA GARCÍA titular de la cedula de identidad N° V.- 16.565.516 y el abogado JOSE GREGORIO PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-12.263.726 inscritos en el INPREABOGADO N° 176.206, en su condición apoderado judicial del mencionado actor e igualmente de la Comparecencia del Abogado RAMON COROMOTO FREITEZ RODRIGUEZ, inscrito con el INPREABOGADO N° 92.199., Identificados en autos en su condición de apoderado judicial de la parte demandada ARENERA EL GAVILAN C.A, y visto que la parte demandante y su apoderado Judicial al igual que el apoderado Judicial de la demandada declaran su total conformidad con la presente transacción, visto que los mismos solicitan a la ciudadana Juez, se sirva decretar la Homologación de la presente transacción y darle el ca.....