DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este JUZGADO DEL MUNICIPIO OSPINO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA intentada por la ciudadana Yrismar Lobaton Colmenarez, actuando en representación de sus hijos: Yonaiker David y Carlos Emelec, por INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA. En consecuencia este Tribunal condena al ciudadano Jonni Alberto Rodríguez, antes identificado a pagar por concepto de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, el monto correspondiente a 14 Mensualidades atrasadas, contados a partir del mes de Abril del año 2007 hasta el mes de Mayo del 2008, que sumados corresponden a Dos Mil Doscientos Cuarenta Bolívares Fuertes (Bs. 2.240,oo), por concepto de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, más el 1% de cada mes, que son Doscientos Veinticuatro Bolívares Fuertes (Bs. 224,oo), que dan un total de Dos Mil Cua.....