Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE A LOS TRIBUNALES LABORALES PARA CONOCER DEL PROCEDIMIENTO DE ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES interpuesta por el abogado DAVID CAMARGO contra ELABORADORADORA DE MADERAS EL LLANO C.A., de conformidad con el supuesto  número 4 de la sentencia Nro.- 3325, de fecha 04/11/2005, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE DECLARA IMPROCEDENTE LA INCIDENCIA DE RECUSACIÓN interpuesta por el abogado CARLOS CAMPOS en su condición de apoderado judicial de  la empresa ELABORADORADORA DE MADERAS EL LLANO C.A., contra el abogado RAFAEL GAINZE, en su condición de Juez Regente del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Media.....