Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el desistimiento del procedimiento, realizado por la abogada YAJAIRA GUTIERREZ, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARITZA COROMOTO JIMENEZ FIGUEROA, parte demandante, parte demandante; en consecuencia, éste Tribunal, imparte su HOMOLOGACIÓN y le concede AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-
Asimismo se acuerda la devolución de los originales solicitados, dejando en su lugar copias certificadas de los mismos; una vez quede firme la presente decisión, y una vez consignados los fotostatos respectivos.-
Archívese el expediente una vez vencidos los lapsos de Ley.
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Segun.....