PRIMERO: En este acto el ciudadano ANTONIO COVUCCIA GONZALEZ, cancelará a partir del presente mes del año en curso, la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) por concepto de Obligación de Manutención, los cuales que serán depositados en la cuenta corriente Nº 0108-0542280100143175 Banco Provincial. SEGUNDO: En relación al mes de agosto, ambos padres comprarán uniformes y útiles escolares de forma alternada por cada año que transcurra; es decir, el ciudadano ANTONIO COVUCCIA GONZALEZ, el primer año comprará los útiles escolares y la madre los uniformes escolares y al segundo año la madre comprará los útiles escolares y el padre los uniformes escolares. TERCERO: En el mes de diciembre, el padre comprará ropa, calzado y presente navideño para el 24 de diciembre y la madre comprará ropa, calzado y presente navideño para el 31 de diciembre. CUARTO: Respecto a los gastos de médico, medicinas, recreación y otros que requieran los niños, los mismos serán cubiertos por ambos padres en p.....