Finalmente, este Juzgado 1ro de Juicio Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa con sede en Acarigua, verificado el cumplimiento del debido proceso, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción incoada por el ciudadano GUSTAVO GONZALEZ en contra de la EMPRESA SERENOS YARACUY C.A por motivo de cobro del pago correspondiente a la Ley de Programa de Alimentación de los Trabajadores.