En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente Con Lugar la apelación formulada por el co-solicitante, ciudadano Luís Alberto Suárez Canelón en el presente procedimiento de jurisdicción graciosa, que sigue conjuntamente con la ciudadana Dominga Ramona Leo, por solicitud de partición, liquidación y adjudicación amistosa de bienes gananciales, obtenidos durante su matrimonio civil.
En consecuencia, se ordena al Tribunal a quo, declinar la competencia del asunto en un Juzgado de Municipio con sede territorial en esta ciudad de Guanare, de este mismo Circuito Judicial, para que conozca de la presente solicitud de partición, liquidación y adjudicación amistosa de bienes comuner.....