Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Genaro de Boconoito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por la ciudadana INACIA PEREZ CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº12.894.355, con citación de su conyugue el ciudadano RAMIRO ANTONIO JUSTO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.404.345 Fundamentado en la Sentencia Vinculante Nº 1.070 de fecha 09-12-2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
SEGUNDO: En consecuencia, conforme al artículo 184 del Código Civil, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos INACIA PEREZ CASTILLO y RAMIRO ANTONIO JUSTO TORRES, en fecha 17 de Marzo.....