ACUERDA LA CESACION DE LAS MEDIDAS SUSTITUTIVAS que le fueron impuesta al ciudadano TORRES TORRES FRANCISCO ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.961.538, nacido en fecha 28-01-1955 y residenciado en el Caserío Santa Bárbara del Municipio Biscucuy del estado Portuguesa, mediante decisión de fecha 4 de febrero de 2004, todo en resguardo del Derecho Constitucional que le inquiere. Asimismo en relación al plazo prudencial este Tribunal acuerda conceder de conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal 120 días continuos para la conclusión de la Investigación, debiendo el Representante Fiscal practicar los actos necesarios en el menor tiempo posible.