Como se puede observar de este cúmulo de pruebas de informe promovidas por la parte actora, no guardan relación con la pretensión postulada por el accionante, la cual es de nulidad de actas de asambleas generales extraordinarias celebradas por la demandada Bio-farma C.A., así se desprende de la demanda primitiva como de su reforma, quedo trabada la litis en esos alegatos, por lo tanto, este órgano jurisdiccional no va a ventilar hechos que no guardan relación con la pretensión ejercida, es decir, las pruebas de informe referidas a que si existen unas cuentas corrientes en los Bancos Exterior, Banco Universal, los movimientos de esas cuentas en esos años, a los bonos de dólares emitidos por la empresa PDVSA, que si fueron vendidos o no a Bio-farma C.A., las cuentas corrientes Banco de Venezuela Banco Universal, si ésta pertenece o no a Bio-farma C.A:, a su movimiento de cuenta, lo referido a si el ciudadano Carlos Fernando Renteria Sanclemente esta inscrito o no en el Registro de Inform.....