Quedando en estos términos ACLARADA la sentencia dictada por este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en fecha 04 de noviembre de 2008.
Considérese la misma como parte integrante del fallo, dictado en el expediente Nº PP01-L-2007-000299 por este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Laboral, en fecha 04 de noviembre de 2008.
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de estado Portuguesa, con sede en Guanare, Municipio Guanare del estado Portuguesa, a los once (11) días del mes de noviembre del año dos mil ocho (2008).