DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos: LIS AILEEN CHAUSTRE PEREZ, Y CRISTIAN RENE CARRILLO VARGAS, respectivamente y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, 15 de Diciembre de 2022, por ante el registro Civil del municipio Ospino , del Estado Portuguesa . Según acta N°151, ASI SE DECIDE.
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese a al registro Civil del municipio Ospino estado portuguesa y al Registrador Principal del Estado Portuguesa, de la presente Sentencia, una vez quede firme la misma, anexándoles copias certificadas de la sentencia, a los fines de que estampen la correspondiente nota marginal.
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