En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PERIMIDA, la presente demanda por DIVORCIO, incoada por la ciudadana CAROLINA CORDERO LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.887.502, parte actora, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio OSCAR GREGORIO SANDOVAL, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 132.781, contra su conyugue, ciudadano ROMMEL IVÁN ANGULO MERCADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.447.104; de conformidad con el Artículo en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 269 eiusdem.
Notifíquese a la parte actora.-
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente.-
Dada, firmad.....