Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA INSERCIÓN del Acta de Defunción de la ciudadana JULIA ROSA VIÑA DE TORRES, quedando establecido que la misma murió en el Hospital Dr. Miguel Oraa de esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa, el día 14 de Junio del año 2007, a consecuencia de un paro cardiorespiratorio, según consta del certificado de defunción expedido por el Ministerio de Salud, Dirección Regional de Epidemiología y Análisis Estratégico Dirección de Información Social y Estadísticas de fecha 14 de Junio del año 2007.
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 458, 460 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, remítanse las copias certificadas a los organismos competentes.