DISPOSITIVO
Por las razones expuestas en la motiva, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción interpuesta por la parte demandante ciudadana ZULIMER COROMOTO BORJAS, parte demandada VENEZOLANA DE ALIMENTOS LA CASA SOCIEDAD ANÓNIMA (VENALCASA S.A.), motivo: cobro de salarios retenidos, intereses de mora de pago del salario, cesta tickets y demás conceptos laborales; por lo que se ordena pagar a la accionante la cantidad de TRES MILLONES, CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL, SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLÍVARES, CON SETENTA CÉNTIMOS (Bs. 3.194.795,71); por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: No se condena en costas a las demandadas por los privilegios y prerrogativas de los cuales goza.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo.....