Concluye entonces esta sentenciadora, que los hechos invocados por la interesada; así como consta en autos el Acta de Matrimonio Nº 438, que fue presentada por la ciudadana Crisleidy María Mejías Torres, para demostrar sus alegatos, así como también habiendo quedado debidamente citado el ciudadano Henrry Antonio Hernández Torres, titular de la cédula de identidad Nº V-16.209.344, y no habiendo contradicción a lo manifestado por la parte solicitante, considera quien aquí decide que encuadra perfectamente en lo sostenido de conformidad con lo dispuesto en las Sentencias Nros. 1070, de la Sala de Constitucional, de fecha 09/12/2016 con ponencia del Magistrado: Juan José Mendoza Jover, y 136, Expediente 2016-000479, de fecha 30/03/2017, de la Sala de Casación Civil, del Magistrado Ponente: Guillermo Blanco Vásquez, ambas del Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia, la presente solicitud interpuesta debe declararse PROCEDENTE. Y Así se decide.
Por los fundamentos antes e.....