Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa actuando en función Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara su COMPETENCIA para conocer de la presente acción de amparo constitucional.
SEGUNDO: Declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada ADRIANA PACHECO HERNÁNDEZ en representación de la sociedad mercantil "CENTRO DE COMPRAS PACHECO, C.A." debidamente identificada en autos contra las decisiones de fechas 14/07/2025, 29/09/2025 y 14/11/2025 emanadas del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, de conformidad con el artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
TERCERO: Se EXHORTA a la abogada accio.....