Como consecuencia de los fundamentos expuestos este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en funciones de control N° 3, administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA CESACIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, que le fue impuesta al ciudadano Ramos Luís Rafael, venezolano, nacido en caracas en fecha 08-05-1956, titular de la Cédula de Identidad N° 8.561.806, residenciado en la carrera 09 casa N° 05-27, Barrio Maturín de esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa, que le fuere impuesta por el delito de Homicidio Culposo previsto en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Pérez Alejo Abel Rodolfo todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal,.
JUEZ DE CONTROL Nº 03
ABG: RAFAEL CLEMENTE MUJICA GIMENEZ
La SECRETARIA
Abg.: DAVINNIA MIRAN.....