DISPOSITIVO
Por los motivos expresados este Tribunal de Primera instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: de conformidad con lo establecido en los artículo 190, 191 y 195 todos del Código Orgánico Procesal Penal, declara la nulidad del acto conclusivo, presentado por el Fiscal del Ministerio Público, consistente en la acusación contra el ciudadano Naudy José Díaz, venezolano, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 32 años de edad, nacido el 10/08/1974, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 12.008.921 y residenciado en el Barrio La Arenosa, calle 16, entre carreras 13 y 14, casa Nº 13-70, Guanare Estado Portuguesa; por la comisión del delito de Robo Agravado de Vehiculo Automotor en Grado Coautoría, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6 ordinales 1y 2 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Ve.....