DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Que es COMPETENTE para resolver la regulación de competencia ejercida en fecha 23 de marzo de 2022 por el abogado José Daniel Mijoba, actuando con el carácter de de defensor ad litem de la sociedad mercantil EL VOLCAN DE ACARIGUA, C.A., contra la decisión dictada en fecha 25 de marzo de 2021 por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante la cual declaró sin lugar la cuestión previa de incompetencia por el territorio opuesta por la demandada y declaró que tiene competencia territorial para conocer y decidir la presente causa.
SEGUNDO: SIN LUG.....