Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al adolescente Identidad Omitida, debidamente identificado UT Supra, a cumplir las medidas de Amonestación prevista en el artículo 623 de la Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente y Reglas de Conducta, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente, esta última medida consistirá únicamente en la obligación del adolescente de presentar un trabajo manuscrito relacionado con la Sexualidad, Las Responsabilidades Y Derechos Inherentes al Ser Humano en cuanto a La Sexualidad, por la comisión del delito de Violación en grado de Cooperador Inmediato, previsto en el encabezado del artículo 374 en concordancia con el artículo 84 Numeral 3°, todos del.....