DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento realizado por el ciudadano CESAR ENRIQUE HUIZI JIMENEZ asistido por el abogado ELVIS A. ROSALES N. del procedimiento de la acción de Amparo Constitucional contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO CON SEDE EN GUANARE ESTADO PORTUGUESA.
Publíquese. Regístrese. Déjese copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Audiencias, del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio en sede Constitucional del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, a los doce (12) días del mes de junio del año dos mil ocho (2008).