DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE:
PRIMERO: Desestima la acusación formulada en fecha 14 de Enero de 2011 por la Ciudadana Fiscal Segunda del Ministerio Público en contra de OMAR ANTONIO HERRERA ESCORCHE, de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.226.065, natural de Araure, Estado Portuguesa, nacido en fecha 23 de Septiembre de 1977, de estado civil soltero, de profesión Ingeniero Civil, residenciado en la Urbanización "24 de Julio", Sector 02, Calle 04, casa Nº 26, Araure, Estado Portuguesa; por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el numeral 2º del artículo 420 del Código Penal,.....