Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Dicta el correspondiente auto ejecutorio al penado Elio José Galíndez Quintero, venezolano, de 22 años de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, con fecha de nacimiento 24/04/1988, obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.484.191, y residenciado en Urbanización Rafael Urdaneta, calle 6, sector 8, casa Nº 14, Los Próceres de la ciudad de Guanare; por la comisión del delito de Acoso u Hostigamiento, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre los derechos de la Mujer a Una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Normedys Marina Chirinos, condenándole a cumplir la pena de Ocho (08) meses de prisión; de conformidad con lo establecido los artículos 68 y 69 de la Ley Orgánica sobre los derechos de la Mujer a Una vida Libre .....