DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: SE CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano DANNY JOSE HERNANDEZ CADENA, Venezolano, de 22 anos de edad, natural de Acarigua, de profesión u oficio indefinida, titular de la cedula de identidad V-¬17 .601.171, residenciado en la urbanización Durigua 04, avenida 08 con calle 06, casa W 15, Acarigua, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, perpetrado en perjuicio del ciudadano GIOVANNY JAVIER LAMEDA TUA, a cumplir la pena de: TRES (03) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal a saber: 1. La inhabilitació.....