DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: Se acuerda remitir la causa Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Guanare, a los fines de que éste observe el no perfeccionamiento de la notificación laboral librada a la Junta Liquidadora de la Empresa CVA, Cereales y Oleaginosas de Venezuela S.A., y acuerde lo necesario para salvaguardar el derecho a la defensa de la parte accionada; por las razones expuestas en la motiva.
Publíquese. Regístrese. Déjese copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, sellado y firmado en el Despacho del Juzgado Pri.....