En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:" Secuestrado el inmueble constituido por un inmueble ubicado en la avenida 33 esquina calle 24 Edificio Portuguesa, piso 1, oficina 1-8 de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, con los linderos especificados anteriormente propiedad del demandante ciudadano Rafael Ramón Valdive Fernández, ya identificado y en este mismo acto lo coloca a disposición junto con los bienes inventariados al Secuestratario Máximo Oberto, inpreabogado 48.396, quien estando presente expone: Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo". Seguidamente el Tribunal da por cumplida su misión y siendo las 12:15 pm., resuelve volver a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y c.....